El Supremo rechaza el indulto parcial a García Ortiz
La Sala del Tribunal Supremo que condenó a Álvaro García Ortiz emitió este jueves un informe no vinculante en el que rechaza la concesión del indulto parcial al ex fiscal general del Estado por revelación de datos reservados. El tribunal descarta la medida de gracia al no advertir razones de justicia, equidad o utilidad pública.
Informe desfavorable del tribunal
La Sala, presidida por Andrés Martínez Arrieta, destaca que los hechos fueron graves y produjeron una afectación importante de la institucionalidad del Ministerio Público. El escrito de seis páginas añade que la contravención de la norma sobre secreto y confidencialidad es un hecho grave que debe ser ejecutado. García Ortiz fue castigado a dos años de inhabilitación para el cargo de fiscal general, 7.200 euros de multa y 10.000 euros de indemnización.
Argumentos contra el indulto
El tribunal insiste en la sustancial falta de contenido del indulto solicitado. Señala que solo pende de ejecución la pena de inhabilitación especial. Los proponentes del derecho de gracia, un grupo de ciudadanos particulares, no justifican razones de justicia, equidad o utilidad pública que aconsejaran la medida.
Antecedentes de la petición
El pasado 8 de mayo la Fiscalía del Supremo, que defendió la absolución de García Ortiz en el juicio, sí apoyó la concesión de un indulto parcial. Consideraba que la inhabilitación por dos años había generado consecuencias extrapenales intensas y desproporcionadas. El tribunal envía ahora su informe a la presidenta del Supremo para que sea remitido al Ministerio de Justicia.
Implicaciones de la decisión
El rechazo del tribunal supone que la pena de inhabilitación para García Ortiz queda en ejecución. El Ministerio de Justicia recibirá el informe desfavorable, aunque no es vinculante. La decisión final sobre el indulto corresponde al Gobierno.


