El Supremo abre la puerta a llevar la regularización de inmigrantes al Tribunal de Justicia de la UE

El Tribunal Supremo cuestiona el decreto de regularización extraordinaria de inmigrantes del Gobierno, al considerar que sus disposiciones adicionales 20 y 21 podrían chocar con la legislación europea. Da cinco días a las partes para decidir si consulta al TJUE.
La Verdad
Inmigrantes hacen cola a las puertas de la administración.
Inmigrantes hacen cola a las puertas de la administración. — Mireya López / La Verdad

El Supremo cuestiona la regularización masiva de inmigrantes

El Tribunal Supremo duda de que el decreto del Gobierno cumpla con la legislación de la UE y da cinco días a las partes para pronunciarse sobre una posible consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Cinco días de plazo para decidir sobre la consulta a Luxemburgo

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dado a las partes un plazo «improrrogable» de cinco días para que se pronuncien sobre la conveniencia de plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). El tribunal expresa su «duda» de que la norma «podría entrar en colisión» con la legislación comunitaria. La decisión llega el mismo día en que se cierra el plazo de solicitudes de la regularización extraordinaria de inmigrantes. El Gobierno, a través del Ministerio de Inclusión, traslada tranquilidad a los solicitantes y recuerda que el alto tribunal avaló la continuidad del proceso en mayo. El Ejecutivo replica que la autorización solo habilita a residir y trabajar en España.

Las dudas del Supremo sobre las disposiciones del decreto

El núcleo del reproche del tribunal son las disposiciones adicionales 20 y 21 del decreto. El Supremo las describe como un régimen general para entregar la residencia al margen de la situación administrativa de cada solicitante. La disposición 20 regulariza a quienes hubieran pedido protección internacional antes del 1 de enero de 2026, aunque el asilo les fuera denegado y aunque pese sobre ellos una orden de expulsión. La disposición 21 alcanza a cualquier extranjero irregular que estuviera en el país antes de esa fecha, al amparo de unas «circunstancias excepcionales» que los magistrados juzgan demasiado genéricas. El tribunal señala que la concesión «supondrá el archivo del procedimiento de expulsión o devolución», incluso cuando la orden hubiera sido «confirmada en sentencia».

Posibles fricciones con la legislación europea

El Supremo despliega un catálogo de fricciones con Bruselas. La disposición 20 podría chocar con el reglamento que fija el procedimiento común de asilo. La disposición 21 tropieza con la Directiva de Retorno, que obliga a dictar una decisión de retorno «contra cualquier nacional de un tercer país que se encuentre en situación irregular». El argumento más de fondo es competencial: tras el Pacto de Migración y Asilo, la gestión de los flujos irregulares se concibe bajo un principio de cooperación leal que los tratados elevan a obligación. El tribunal cuestiona que una operación de esa escala se haya despachado «mediante norma reglamentaria, de rango infralegal» y «sin que conste notificación previa a la Comisión Europea ni coordinación con los demás Estados miembros».

Antecedentes del proceso de regularización

El Tribunal Supremo había rechazado en mayo congelar el proceso de regularización —como reclamaban Vox, la Comunidad de Madrid y varias asociaciones—, invocando entonces el «interés público» y el «sustrato humano» de integrar a quienes llevan años en España sin papeles. Ahora, el tribunal reabre la cuestión por la vía europea, de la mano de los recursos de Aragón y la Comunidad Valenciana, las dos autonomías del Partido Popular que pilotan la ofensiva contra el decreto del 14 de abril. La composición de la Sala la forman los magistrados Carlos Lesmes, Wenceslao Olea y Fernando Román, con trayectorias que la Moncloa difícilmente leerá como neutrales.

Implicaciones de la posible consulta al TJUE

El Supremo cifra el alcance potencial de la regularización entre 900.000 y 1,65 millones de personas. El plazo de solicitudes ha desbordado todas las previsiones: el Ejecutivo calculaba medio millón de beneficiarios y las peticiones rondan ya el millón. El tribunal añade que quien obtenga la residencia española podría circular por el espacio Schengen. El Gobierno replica que la autorización habilita a residir y trabajar solo en territorio español. La decisión final sobre elevar la consulta a Luxemburgo se tomará después de que las partes presenten sus alegaciones antes del viernes 3 de julio. La apuesta social más visible de la legislatura queda aplazada a la espera de una respuesta que ya no depende de Madrid.

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