El Tribunal Supremo rechaza anular la condena al ex fiscal general García Ortiz
El Tribunal Supremo ha rechazado anular la condena por revelación de datos reservados a Álvaro García Ortiz, ex fiscal general del Estado. La decisión fue adoptada por cinco votos a dos. Las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo emitieron un voto particular discrepante. La sentencia condenatoria se dictó en noviembre de 2025.
Decisión de la Sala y recursos futuros
La Sala Segunda del Tribunal Supremo desestimó el incidente de nulidad. La Abogacía del Estado y la Fiscalía habían solicitado la anulación, alegando vulneración de derechos fundamentales. Este recurso era un trámite necesario para acudir al Tribunal Constitucional (TC) en amparo.
Fundamentos de la mayoría
El auto señala que la libertad de expresión no ampara la publicación de datos confidenciales conocidos por razón del cargo. Los cinco magistrados consideran que el régimen disciplinario del Ministerio Fiscal obliga a sancionar estas revelaciones. El tribunal indica que García Ortiz no puede responder a una noticia falsa cometiendo un delito.
Voto particular de las dos juezas
Las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo redactaron un voto particular. Argumentan que se vulneró la presunción de inocencia y el principio de legalidad penal. Destacan el testimonio de periodistas que declararon conocer la información antes de la nota de la Fiscalía.
Antecedentes de la condena
En noviembre de 2025, el Tribunal Supremo condenó a Álvaro García Ortiz a dos años de inhabilitación, multa de 7.200 euros e indemnización de 10.000 euros. Se le consideró partícipe en la filtración de datos reservados de Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid.
Implicaciones y cierre del proceso
La resolución cierra la vía en el Tribunal Supremo. García Ortiz, al que se le imponen la mitad de las costas, puede recurrir ahora en amparo ante el Tribunal Constitucional (TC). El caso judicial sobre la filtración de datos reservados sigue su curso.


