El Supremo rechaza suspender al fiscal general antes de su juicio
El Tribunal Supremo carece de potestad para suspender preventivamente al fiscal general. La Sala de lo Penal confirma que solo la renuncia voluntaria de Álvaro García Ortiz podría apartarle del cargo antes del juicio oral por revelación de secretos.
Decisión judicial confirmada
La Sala de lo Penal del TS desestima el recurso de la APIF y respalda al instructor Ángel Hurtado. Los magistrados determinan que la suspensión cautelar es una potestad administrativa reservada a los órganos directivos del Ministerio Fiscal.
Argumentación del fallo
El TS afirma que carece de cobertura jurídica para intervenir en este ámbito administrativo. Cualquier actuación supondría una invasión competencial de un órgano constitucional autónomo.
Antecedentes de la petición
La APIF, acusación popular, solicitó el apartamiento basándose en el Reglamento del Ministerio Fiscal. La asociación alegó situaciones anómalas generadas por la permanencia de García Ortiz, como su presencia en la apertura del año judicial junto al Rey y la Presidenta del CGPJ.
Implicaciones del caso
Álvaro García Ortiz se sentará en el banquillo como fiscal general del Estado. El proceso continúa su curso sin medidas cautelares sobre su cargo, al no existir condena firme que justifique legalmente su suspensión.


