El Gobierno blinda el aborto en la Constitución con una reforma de dudosa viabilidad

El Gobierno impulsa la reforma del artículo 43 para blindar el aborto sin contar con la mayoría cualificada requerida. Expertas constitucionalistas cuestionan su viabilidad y advierten que podría debilitar las garantías jurídicas actuales al no ser un derecho fundamental.
La Verdad
El Gobierno llevó al Consejo de Ministros del pasado martes la reforma constitucional que blinda el derecho al aborto. EP
El Gobierno llevó al Consejo de Ministros del pasado martes la reforma constitucional que blinda el derecho al aborto. EP

Gobierno blinda aborto en Constitución sin mayoría necesaria

La reforma constitucional del artículo 43 fue llevada al Consejo de Ministros. El procedimiento elegido no añade garantías jurídicas y podría debilitar el marco actual.

Obstáculos en la reforma

El anteproyecto carece del consenso preciso en el Congreso y el Senado, con mayorías de tres quintos requeridas. Constitucionalistas consultadas coinciden en que el movimiento es poco menos que en el aire.

Valoración de expertas

Ana Carmona cuestiona el cálculo realista de la iniciativa. Teresa Freixes la califica de artificial y polarizadora. Adela Asua concede un valor simbólico pero no práctico.

Contexto político de la medida

El Gobierno impulsa la reforma tras los debates internos en el PP sobre el aborto. El Ejecutivo descartó esta vía cuando la planteó Sumar por el mismo escollo: la falta de mayoría cualificada.

Marco legal actual

Las juristas valoran el paraguas de la legislación vigente, validada por el TC. El problema, según Asua, no es la falta de seguridad legal sino el acceso en condiciones dignas.

Comparativa internacional

El aborto apenas está constitucionalizado en el mundo. El caso francés muestra que su inclusión no lo blinda como derecho fundamental, sino que es similar al marco español.

Consecuencias de la vía elegida

La reforma del artículo 43 debilitaría la protección. Al no ser derecho fundamental, su desarrollo futuro podría hacerse por ley ordinaria con mayoría simple, menos protectora que la ley orgánica actual.

Antecedentes del blindaje

El Gobierno renunció a definir el aborto como derecho fundamental, evitando el procedimiento agravado del artículo 168. Optó por añadirlo al artículo 43 sobre protección de la salud.

Implicaciones de la reforma

La iniciativa carece de viabilidad parlamentaria y no reforzaría jurídicamente el derecho al aborto. El desarrollo normativo futuro quedaría sujeto a mayorías simples, reduciendo las garantías actuales.

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