La Junta Electoral sanciona a la ministra Elma Saiz por un acto considerado partidista

La Junta Electoral Central abre expediente sancionador a la ministra portavoz, Elma Saiz, por considerar que sus declaraciones tras el Consejo de Ministros vulneraron la neutralidad política durante el periodo electoral de Castilla y León.
La Verdad
Ministra Elma Saiz en una rueda de prensa.
Ministra Elma Saiz en una rueda de prensa. / Efe / La Verdad

Junta Electoral sanciona a ministra Saiz por usar Consejo de Ministros

La Junta Electoral Central (JEC) ha abierto expediente sancionador a la ministra portavoz, Elma Saiz. La sanción se debe a declaraciones realizadas en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del 24 de febrero. El PP denunció el acto por considerarlo electoralista.

Resolución de la Junta Electoral Central

La JEC estimó la denuncia del Partido Popular (PP). Consideró que las manifestaciones de la ministra vulneraron el principio de neutralidad política durante el periodo electoral de Castilla y León. La resolución ordena retirar las expresiones de los canales oficiales e incluye un apercibimiento.

Contenido de las declaraciones sancionadas

En su comparecencia, Saiz afirmó que «el PP ha pasado de blanquear a la ultraderecha a ser la ultraderecha». También dijo que el documento de negociación entre PP y Vox en Extremadura y Aragón era «una absoluta claudicación». Advirtió de que los recortes llevarían «la firma del señor Feijóo».

Denuncia del Partido Popular

El PP interpuso la denuncia ante la JEC. Argumentó que la portavoz transformó la comparecencia oficial en un «acto electoral» al servicio del PSOE en Castilla y León. Acusaron a Saiz de usar medios y recursos públicos como si fuese un mitin socialista.

Defensa de la ministra portavoz

La defensa de Elma Saiz alegó que sus intervenciones fueron respuesta a preguntas de periodistas. Sostuvo que su función como portavoz incluye explicar y defender las decisiones del Gobierno. Argumentó que no mencionó Castilla y León ni hizo anuncios de gestión.

Fundamento legal de la sanción

La JEC basó su decisión en el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y en el principio de neutralidad del artículo 103.1 de la Constitución. El organismo insta a la ministra a abstenerse de actuaciones similares durante el resto del periodo electoral.

Repercusión institucional

La resolución conlleva la apertura de un expediente sancionador para determinar responsabilidades. La JEC ordena la retirada del contenido de la web de La Moncloa y su canal de YouTube. El caso se produce en vísperas de los comicios de Castilla y León.

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