Juez obliga a jurado popular por malversación a mujer de Sánchez
La Ley Orgánica del Tribunal del Jurado de 1995 establece que el delito de malversación debe ser juzgado por ciudadanos. El juez Juan Carlos Peinado ha derivado el caso tras encontrar indicios.
Fundamento Legal de la Decisión
El juez no tiene discrecionalidad en esta materia. El artículo 1.2.h de la ley obliga expresamente a que la malversación de caudales públicos sea competencia de un tribunal popular.
Delitos Sujetos a Jurado
La norma incluye ilícitos cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos, entre otros. La malversación es uno de los 15 tipos delitos listados para su enjuiciamiento por esta vía.
Un Auto con Procedimiento Abierto
La decisión de Peinado se produce sin que haya concluido la instrucción de la causa. La investigación por otros cuatro delitos contra Begoña Gómez continúa su tramitación.
Antecedentes Normativos
La Ley Orgánica 5/1995 del Tribunal del Jurado fija la participación ciudadana en la Administración de Justicia. Designa los delitos de su competencia, incluyendo la malversación.
Implicaciones Procesales
El caso queda ahora en manos de la Audiencia Provincial para su sustanciación ante un jurado. El procedimiento por los demás delitos investigados sigue su curso por separado.


