La Audiencia de Madrid anula que Begoña Gómez sea juzgada por jurado
La Audiencia Provincial de Madrid anuló cuatro resoluciones del juez instructor Juan Carlos Peinado. Los superiores judiciales reprochan al juez no argumentar sus decisiones. Ordenan retrotraer las actuaciones al momento anterior a dichas resoluciones.
Falta de fundamento en las resoluciones
La Audiencia Provincial determinó que los cuatro autos carecían de la necesaria fundamentación. Los jueces indicaron que únicamente se mencionan las personas contra las que se dirige, pero no se hace un relato que comprenda los indicios verosímiles. Esta falta de motivación vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva de la investigada.
El origen de la decisión recurrida
En septiembre, el juez Peinado comunicó su intención de que Begoña Gómez fuera juzgada por un tribunal del jurado. La acusación era por un presunto delito de malversación. La decisión también incluía a Cristina Álvarez, asistente personal de Gómez en Moncloa, y a Fran Martín Aguirre, cuya imputación fue revocada con posterioridad.
Antecedentes: La declaración de las investigadas
En su auto, Peinado justificó su decisión basándose en que, el pasado 10 de septiembre, tanto Begoña Gómez como Cristina Álvarez se negaron a responder preguntas sobre los trabajos realizados para la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva (CTS) de la Universidad Complutense de Madrid (UCM). El juez puso en valor que rechazaron esgrimir argumentos en su descargo.
Cierre: Repercusión procesal inmediata
La resolución de la Audiencia Provincial de Madrid obliga al juez instructor a retrotraer las actuaciones. El caso vuelve al momento anterior a la decisión de enviarlo a juicio por jurado. El instructor deberá fundamentar sus próximas resoluciones de manera suficiente.


