Audiencia de Valencia absuelve a exmando policial por delito de odio
La Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a Ricardo Ferris. El tribunal considera que sus declaraciones en un acto de Vox están amparadas por la libertad de expresión, pese a reconocer que se extralimitó.
Fallo judicial sobre declaraciones en acto político
La sentencia absolvió al exinspector jefe de un delito contra los derechos fundamentales. El fiscal solicitaba tres años de cárcel. El tribunal dictaminó que la imposición de penas de prisión sería desproporcionada y supondría un factor de disuasión del ejercicio de la libertad de expresión.
Contexto de las manifestaciones
Los hechos ocurrieron el 14 de octubre de 2022 en un acto de Vox sobre seguridad. Ferris afirmó que «la práctica totalidad de los detenidos son extranjeros» y utilizó una analogía sobre «meter el morro en la mierda». Esto causó su destitución como jefe de comisaría y la apertura de un expediente disciplinario.
Doctrina aplicada por el tribunal
La sentencia se acoge a doctrina del Tribunal Constitucional que protege ideas que «contrarían, chocan e inquietan». El tribunal no apreció incitación directa a la violencia ni calificativos vejatorios. Subraya que el discurso no constituyó un ataque indiscriminado a todos los extranjeros.
Repercusión procesal y profesional
La absolución paraliza el expediente disciplinario pendiente. Ferris ya había solicitado su pase a segunda actividad, anunciando que haría frente al ministro Marlaska «desde otras trincheras».
Antecedentes del caso
Ricardo Ferris era inspector de la Policía Nacional y jefe de la Comisaría Centro de Valencia cuando realizó las declaraciones en un acto organizado por Vox sobre seguridad ciudadana el 14 de octubre de 2022.
Implicaciones del fallo
La sentencia establece que el Derecho Penal solo debe intervenir en casos palmarios de incitación a la xenofobia. Reafirma que en el debate político se amplían los márgenes de la libertad de expresión, incluso para el uso de hipérboles o ideas discutibles.


