Congreso rechaza suspender a Ábalos sin prisión preventiva
José Luis Ábalos mantiene su acta y sueldo de diputado. La presidenta de la Cámara, Francina Armengol, no aplica la suspensión al no cumplirse los requisitos del Reglamento del Congreso.
Fundamento Legal de la Decisión
El artículo 21.2 del Reglamento del Congreso exige para la suspensión un auto firme de procesamiento y que el diputado esté en prisión preventiva. En el caso de Ábalos no se dan estas circunstancias, al ser un procedimiento abreviado y no decretarse prisión.
Reacción a la Sugerencia Judicial
El entorno de Armengol calificó de «injerencias» la sugerencia del magistrado. Afirman que «el papel del poder judicial es cumplir las leyes, no opinar sobre ellas».
Impacto en la Mayoría del Gobierno
Ábalos, ahora en el Grupo Mixto, sigue votando junto al PSOE. Su voto es crucial para la precaria mayoría del Ejecutivo, que se enfrenta a un bloque opositor de 171 diputados.
Antecedentes Normativos
Los servicios jurídicos de la Cámara habían evaluado la situación. Interpretaban que, de haber prisión preventiva, se podría obviar el requisito del auto firme, pero al no decretarse, la suspensión no procede.
Consecuencias Inmediatas
José Luis Ábalos continúa como diputado, percibiendo su sueldo y ejerciendo su voto. Esta situación afecta directamente a la estabilidad de la mayoría parlamentaria del Gobierno en votaciones ajustadas.


