El TSJ de Madrid rechaza medidas cautelares a la Fundación Francisco Franco
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha denegado las medidas cautelarísimas solicitadas por la Fundación Nacional Francisco Franco. La petición buscaba paralizar el procedimiento de extinción iniciado por el Ministerio de Cultura. El magistrado no apreció razones de urgencia.
La Justicia ordena la vía ordinaria
El auto judicial deniega la petición de la Fundación al considerar que no concurren razones de urgencia y que es necesario escuchar a la parte contraria. La Sala ordena que el caso se tramite por la vía ordinaria, lo que permite al Ministerio de Cultura, encabezado por Ernest Urtasun, presentar sus alegaciones.
Fallo por recurso contencioso-administrativo
La resolución responde a un recurso de la Fundación contra una resolución de la Subsecretaría de Cultura de febrero de 2026. Dicha resolución confirmaba la inadmisión de un recurso de alzada y denegaba un periodo de prueba con siete historiadores.
Fundamento de la denegación
El tribunal subraya que la suspensión de un acto administrativo es una excepción. Señala que la denegación de pruebas testificales en fase administrativa no supone un «perjuicio irreparable», ya que pueden solicitarse en fases posteriores del proceso judicial.
Consecuencias procesales inmediatas
Como resultado, se abre una pieza separada para el procedimiento cautelar. Se otorga al Abogado del Estado un plazo de diez días para presentar alegaciones. La Fundación mantiene el derecho a interponer un recurso de reposición en cinco días.
Antecedentes del procedimiento de extinción
El Ministerio de Cultura tramita desde octubre un procedimiento para solicitar judicialmente la extinción de la Fundación, basándose en la Ley de Memoria Democrática. La resolución judicial se produce tras un recurso contra la confirmación de la inadmisión de un recurso de alzada por parte de la Subsecretaría de Cultura.
Cierre: Continuidad del expediente de disolución
El fallo permite que continúe la tramitación del expediente de extinción que busca la disolución de la entidad. El procedimiento administrativo no queda paralizado por la posibilidad de un recurso de reposición por parte de la Fundación.


