El Supremo condena al exfiscal general García Ortiz por filtrar un correo confidencial

El Tribunal Supremo ha inhabilitado al exfiscal general Álvaro García Ortiz por vulnerar el deber de reserva. La sentencia, de 233 folios, prueba su responsabilidad en la filtración de un correo del abogado del novio de Isabel Díaz Ayuso y una nota de prensa posterior.
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Supremo inhabilita a exfiscal general Álvaro García Ortiz por filtración

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo condena a Álvaro García Ortiz por vulnerar el deber de reserva. La sentencia, de 233 folios, determina su responsabilidad en la filtración de un correo del abogado del novio de Isabel Díaz Ayuso y una posterior nota de prensa.

Un encadenamiento probatorio sin fisuras

El tribunal describe una unidad de acción entre la filtración del correo electrónico del letrado de Alberto González Amador y la nota de prensa emitida por la Fiscalía. La Sala subraya que el cuadro probatorio es sólido, coherente y concluyente para afirmar que la filtración partió de la Fiscalía General del Estado.

No hay versión alternativa creíble

Los magistrados descartan cualquier explicación alternativa razonable. La sentencia enumera factores clave: el acceso a la documentación, la secuencia de comunicaciones, la urgencia de García Ortiz por obtener los correos y el borrado de sus dispositivos electrónicos. El tribunal rechaza que cientos de personas pudieran ser responsables, salvo que se asuma un funcionamiento anormal de un servicio público.

Elementos que agravan la posición del condenado

La sentencia considera un elemento en su contra el borrado de los datos de sus dispositivos el mismo día que el Supremo abrió la causa. El tribunal no cree en esta casualidad y critica que el imputado alegara querer evitar fugas de información mientras usaba una cuenta personal de Gmail para asuntos oficiales.

La defensa y el valor del testimonio

La Sala admite la legitimidad de la defensa de García Ortiz, pero constata que su decisión de solo contestar a la Abogacía del Estado y a la Fiscalía impidió aplicar el principio de contradicción. Esto, según el veredicto, resintió el valor probatorio de sus respuestas.

El deber de reserva, principio nuclear

Los magistrados inciden en que la difusión previa de información confidencial no exime del deber de preservarla. Este deber está reforzado para un funcionario público. La sentencia remarca que el bulo difundido por Miguel Ángel Rodríguez, novio de Ayuso, no es excusa para la comisión de un delito.

Repercusión y actores del proceso

La mayoría de la Sala de lo Penal del Supremo está compuesta por Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral y Carmen Lamela. La sentencia salva la veracidad de los testimonios de los periodistas que declararon en el juicio.

Antecedentes de un caso sin precedentes

Los hechos se remontan a febrero de 2024, con el envío de un correo del abogado de González Amador al fiscal Julián Salto. La filtración de su contenido y la posterior nota de prensa de la Fiscalía, dictada por García Ortiz frente a la oposición de la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, son el centro del caso.

Cierre: Una condena histórica por filtración

La sentencia del Tribunal Supremo inhabilita a Álvaro García Ortiz, encontrando probada su responsabilidad en la filtración de información reservada. El fallo judicial acota el planteamiento de la acusación y establece que no existió una versión alternativa creíble a los hechos declarados probados.

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