Congreso desestima indemnización de Ábalos tras suspensión
José Luis Ábalos no cobrará indemnización por más de 100.000 euros. Los letrados del Congreso entienden que no tiene derecho al haber sido suspendido como diputado tras su ingreso en prisión provisional. La Mesa de la Cámara considera que la suspensión abarca la totalidad de derechos.
Dictamen legal bloquea el pago
Los letrados del Congreso emitieron un informe desestimando la petición. Argumentan que la suspensión como parlamentario, aplicada tras su ingreso en prisión provisional, extingue el derecho a la indemnización. Fuentes de la presidencia del Congreso recuerdan que ningún diputado suspendido en el pasado percibió este pago.
Cuantía y base reglamentaria
La indemnización, regulada en el artículo 12 del Reglamento de pensiones, habría superado los 100.000 euros. Este cálculo se basa en un máximo de 18 pagas para quienes superen cuatro legislaturas. Ábalos acumuló siete legislaturas en la Cámara baja.
Antecedentes de la decisión
La Mesa del Congreso ha considerado históricamente que los acuerdos de suspensión de diputados abarcan la totalidad de sus derechos, prerrogativas y beneficios. Por ello, entiende que la posterior pérdida del acta no supone la recuperación de derechos que ya no existían.
Cierre y alcance del fallo
El dictamen establece un precedente sobre el alcance de la suspensión de un diputado. La resolución afecta a los beneficios económicos derivados del cargo y se aplica conforme a la interpretación mantenida por la Mesa de la Cámara en casos análogos.


